El sistema de garantía que aplica el Ayuntamiento de Totana para que los vecinos respondan a las obligaciones derivadas de obras de urbanización o actuaciones que afectan a los espacios públicos, vienen aplicándose mediante aval o fianza en metálico que los interesados han de depositar ante los Servicios Municipales que proceden a su devolución cuando las obligaciones son realizadas de conformidad a la legislación vigente.
Se da la circunstancia en muchos casos que las obras de urbanización se alargan considerablemente y los interesados deben estar durante años soportando los intereses de avales o el depósito en metálico en las arcas municipales con el consiguiente perjuicio económico que supone para los vecinos sin que nadie se beneficie de este esfuerzo.
En la última modificación del a Ley de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia, en la modificación del artículo 187 se contemplan las garantías siguientes: Aval, en metálico, contrato de Seguro de Caución, Valores Cotizados en Bolsa o Hipoteca sobre los terrenos por el valor de la urbanización.
Esta última opción solo conllevaría la formalización de hipoteca con el gasto único de notario y asentamiento en el Registro de la Propiedad como garantía para responder de la ulterior urbanización o gastos derivados de la misma. Siendo en este caso, un alivio para los propietarios que han deposito aval o metálico y se han retrasado las obras de urbanización.
Con esta propuesta pretendemos que se contemple como garantía de obligaciones en gastos de urbanización y otras infraestructuras públicas, la hipoteca sobre terrenos lo terrenos o viviendas afectadas, dando publicidad a los interesados/as e informando de esa novedad en la Ley. También dar a los actuales afectados por aval o metálico, la opción de modificar esas garantías por la de hipoteca, procediendo a la devolución de avales o cantidades depositadas.